El 29 de mayo tuve el placer de asistir a la «Jornada Difusión Novedades Ley de Marcas» dirigida a empresas y a emprendedores. Fue organizada por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) en colaboración con Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y la Asociación para la Defensa de la Marca (ANDEMA).
Novedades de la Ley de Marcas que entró en vigor el 14 de enero de 2019 correspondiente al Real Decreto-Ley 23/2018, de 21 de diciembre, por el que se modifica, entre otras, la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo e del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en dicha materia.
Fue una jornada de debate y formación muy interesante donde nos explicaron los matices que han cambiado en el concepto de marca, en los derechos conferidos por el registro y en el aspecto procedimental.
La exposición de Marta Millán, Jefa de Área de Cooperación Internacional y Relaciones con Tribunales de la OEPM fue muy valiosa e interesante por los numerosos ejemplos de casos prácticos comentados y la experiencia acumulada de Doña Marta.
Las novedades de este Real Decreto Ley 23/2018 se pueden resumir en dos vertientes:
1. Novedades Formales
Son las referentes a los requisitos o condiciones específicas.
- La representación de los signos distintivos podrá realizarse por cualquier medio, sin que este deba ser “gráfico” exclusivamente. Así hacen más asequible el registro de la categoría de marcas no convencionales (olfativas, gustativas, táctiles, etc.).
- Mientras con la anterior ley existía el concepto de marcas notorias (las conocidas dentro de un sector específico) y de marcas renombradas (conocidas por el público en general), la nueva ley reconoce solo las renombradas, extendiéndose esta protección también a los nombres comerciales.
- Se introduce una prohibición específica de registro de signos distintivos que reproduzcan elementos de la denominación de una obtención vegetal ya existente.
- Se añade una prohibición de acceso al registro de signos distintivos que puedan resultar incompatibles con denominaciones de origen o indicaciones geográficas anteriores.
2. Novedades Procedimentales
Son las referentes al método o manera de tramitar la ley.
- Incluye la posibilidad de solicitar la prueba de uso en procedimientos de oposición. Hasta ahora, los oponentes a nuevas solicitudes de marcas no tenían que probar el uso de su propia marca. Con la nueva ley, un solicitante que reciba una oposición puede exigir que el oponente pruebe el uso de la marca anterior. Esto será posible si ha estado registrada durante 5 años como mínimo.
- Los procedimientos de Caducidad y Nulidad de marcas serán competencia de la OEPM. Lo que se traduce en la resolución por vía administrativa. Esta reforma en concreto, sólo será aplicable a partir del 14 de enero de 2023. Ello se debe a que hay que capacitar al personal. También a que se necesitan mecanismos que garanticen estas nuevas responsabilidades por parte de la OEPM,
- Surge la opción de prohibir que se introduzcan mercancías con marcas idénticas o similares a otras existentes que no posean autorización para ello, sin que sea necesario demostrar la eventual comercialización de estas mercancías. Respecto a este procedimiento, merece una mención especial la intervención que realizó el abogado del Departamento Jurídico de ANDEMA, Javier González, que nos concienció sobre el problema de las falsificaciones en materia de propiedad industrial, informándonos sobre las actuaciones que se llevan a cabo en esta materia.
De todo ello podemos concluir que la nueva Ley de Marcas beneficiará a empresas y particulares, facilitando la convivencia de marcas nacionales con marcas de la Unión Europea. Filtrará el registro de marcas injustificadas. Agilizará los procedimientos en beneficio de los interesados. En definitiva, mejorará el funcionamiento del mercado interior.
En Emóleo Diseño Gráfico y Comunicación podemos asesorarte en la creación de tu marca para que resulte exitosa.